Desde que inicié mi vida universitaria en la carrera de abogacía, esta pregunta ha sido una constante, la escuché durante las clases de derecho público y privado. Algunos años después esta pregunta se trasladó a los escenarios de la política educativa durante la cursada de la maestría y no se agota, la encuentro nuevamente durante el desarrollo de mi investigación sobre violencia escolar.
Concretamente, en el ámbito del litigio se espera a que surja un conflicto para resolverlo, el quebrantamiento a la ley y el daño a los bienes materiales e inmateriales protegidos por esta, para poner en marcha un aparato de justicia que encuentre al culpable y lo sancione. Desde este mismo ámbito jurídico, se espera que la educación sea una herramienta para corregir desviaciones en el comportamiento de los individuos y se los instruya para reinsertarse en la sociedad como ciudadanos respetuosos de la convivencia y el orden social.
Enfocándonos en la economía de la educación, las tres lecturas que guían este ensayo presentan el mismo debate, ¿la escuela o la cárcel?,¿cuál tiene más impacto y mejores beneficios para la sociedad? En líneas generales proponen que el acceso a educación impacta en la disminución de los niveles de criminalidad, debido a que los estudiantes logran diseñar un proyecto de vida y conocen las consecuencias que un delito traería; además para el caso de los adolescentes, durante el tiempo que ellos pasan en la escuela no están cometiendo ilícitos y disminuye el nivel de criminalidad.
Groot & Van Den Brink (2010) afirman que la educación constituye un elemento primordial para evitar que los individuos se involucren en comportamientos criminales; la probabilidad de que se cometan delitos como vandalismo, asalto, robos y amenazas disminuye con más años de educación. También Machin, Marie, & Suncica, (2011) analizan el efecto de disminución de la criminalidad que tiene la educación, su estudio indaga el potencial de las inversiones en recursos y políticas públicas para para la prevención del crimen. Estos últimos reflexionan sobre la satisfacción a corto y a largo plazo relacionadas con el cometimiento de delitos. Esto significa que, si deseas un beneficio material o económico inmediato, no esperas a terminar tus estudios y conseguir un trabajo para proveerte de ese bien, sino que acudes por la vía ilícita. Por el contrario, si es que esperas, si trabajas y asimilas las recompensas de la satisfacción a largo plazo, tienes más cuidado en cumplir las normas y en obtener bienes materiales e inmateriales por la vía legal, justa.
Según el enfoque de capital humano, los crímenes que requieren de pocas destrezas o preparación tienen una correlación negativa con la actividad delictiva de los adultos. Esto quiere decir que, no es que a cierta edad se disminuye la participación en actividades delictivas, sino que existen ciertas conductas criminales asociadas a la adultez, estos son los llamados delitos de cuello blanco. El documento titulado “Educación, Trabajo y Crimen: Un Enfoque del Capital Humano” de autoría de Lance Lochner (2004), contiene la premisa de que los crímenes de cuello blanco incrementan con la edad y el acceso a la educación; a pesar de que se espera que los individuos con un mayor nivel de formación y de mayor edad no cometan delitos; existe una correlación positiva entre educación y fraude tributario, es decir que, a mayor nivel de estudios de una persona, mayor probabilidad tendrá esta de cometer fraude tributario. El gran aporte de la teoría del capital humano de Lochner es que los efectos de la educación en la disminución o aumento de la criminalidad dependen del bien jurídico protegido y del nivel de formación del victimario.
Retomando el análisis de Machin, Marie, & Suncica, (2011) la educación reduce los delitos de propiedad, por lo tanto, las mejoras en educación generan externalidades positivas. Invertir en la educación de quienes han delinquido y quienes están en riesgo de delinquir, debe ser considerado como una intervención clave a nivel de política pública para combatir el crimen. No obstante, las políticas preventivas del tipo “a mayor oferta educativa, menor actividad delictiva” encuentran su límite en las decisiones que toman los individuos para invertir, trabajar o cometer otros crímenes en el caso de los reincidentes.
El delincuente de cuello blanco calcula el retorno que recibe a partir de la actividad delictiva, su formación académica y las destrezas desarrolladas a partir de la educación y la experiencia laboral, le permiten proyectar un ingreso extra al realizar actividades ilícitas. Un criminal sin el mismo grado de formación no puede hacer el mismo tipo de proyecciones, sus motivos son distintos. Obtener un diploma no garantiza que el ejercicio profesional de quien lo obtuvo sea ético y transparente. Por un lado, está la posibilidad de obtener un título de forma fraudulenta, en un sistema altamente corrupto o con controles blandos y políticas de educación superior ineficientes. Por otro lado, se encuentran la necesidad económica y las ofertas de empleo, las aspiraciones sociales y salariales no siempre encuentran cabida en el mercado laboral de lo lícito.
En el caso de los delitos informáticos, el fraude y las estafas se requiere un conocimiento específico, el desarrollo de habilidades y conocimientos, que implican más que leer y escribir; en esta misma línea otros delitos que requieren de niveles de educación superior serían el plagio y el abuso de autoridad.
Los delitos de cuello blanco corresponden a un contexto socio económico alto, consisten en el desvío de grandes cantidades de dinero procurando un beneficio privado a través de la gestión de bienes e intereses públicos. Esto se correlaciona con la alta posibilidad de acceder a cuotas de poder legítimas (ya sea por elección popular o designación de una autoridad competente en respuesta a favores políticos – y muchas veces personales- para cargos de libre nombramiento y remoción) que tienen las personas con un mayor nivel de formación académica.
Ninguno de los documentos analiza a la disciplina escolar ni los programas de educación socio emocional como una variable del impacto de la educación en los niveles de criminalidad; considero que es una debilidad de los papers consultados ya que han demostrado que acceder, permanecer y egresar del sistema educativo tiene beneficios mas no garantiza un comportamiento ético y apegado a la ley. Aquello que ocurre dentro de la escuela sí importa, por lo tanto, la economía de la educación debe considerar entre sus variables a la cultura escolar, el currículo, la relación con los docentes, la figura de autoridad pedagógica y cómo son resueltos los problemas de convivencia escolar.
Si bien desde el punto de vista punitivo no se podría prescindir de las cárceles para la prevención del crimen, tampoco puede prescindirse de la inversión en educación – no solo la construcción de escuelas- ya que esta traerá más beneficios a la sociedad. Una sólida formación en valores y habilidades sociales en consonancia con sistemas disciplinarios que procuren retener en las instituciones educativas a los estudiantes tendrán efectos negativos en criminalidad.
Paradójicamente la cárcel atraviesa dos decisiones cruciales en mi vida, la primera cuando elegí estudiar la carrera de derecho y la segunda cuando elegí formarme y desempeñarme profesionalmente en el ámbito educativo, en lugar de ejercer la abogacía. Hasta el día de hoy recuerdo a Pedro y su sonrisa, un chico que conocí en el “Virgilio Guerrero” un centro de detención para menores de edad en Quito. Cuando yo cursaba el penúltimo año del secundario visitamos con mis compañeros a los chicos que se encontraban en el programa de rehabilitación por consumo de drogas, muchos de ellos habían delinquido, asaltado a personas en la calle y realizado hurtos menores. Teníamos la misma edad, pero veníamos de un contexto tan diferente. Recuerdo a Pedro sonriendo mientras hacía pan y nos contaba que al cumplir su condena y la mayoría de edad él pensaba buscar un trabajo honrado, tener una carrera técnica y no volver a ser un “lancero”.
Desde mi adolescencia entendí el estrecho vínculo que existe entre criminalidad y educación, comprendí que la escuela beneficia más a la sociedad, que el conocer tus derechos y obligaciones, así como los derechos de los demás tiene un impacto profundo en la convivencia social, garantizando derechos, protegiendo bienes y previniendo delitos.
Bibliografía
Groot, W., & Van den Brink, H.M. (2010). The Effects of Education on Crime. Applied Economics, 42, 279-289.
Lochner, L. (2004, August). Education, Work, and Crime: A Human Capital Approach. International Economic Review, 45(3), 811-843.
Machin, S., Marie, O., & Suncica, V. (2011, May). The Crime Reducing Effect of Education. The Economic Journal, 121, 463-484