Política educativa en cuarentena. La suspensión del Bachillerato Internacional.

En medio de la pandemia y crisis educativa a nivel mundial por el COVID19, en Ecuador se han tomado decisiones que han afectado al derecho a la educación y al sistema educativo, es por lo tanto necesario reflexionar sobre estas acciones e inacciones y su impacto en la educación ecuatoriana ahora y en el futuro.

Quiero empezar analizando desde la política educativa sobre la suspensión del Programa del Diploma del Bachillerato Internacional en las instituciones educativas de sostenimiento público para el régimen costa – galápagos 2020 – 2021. Esta decisión la tomó la Ministra de Educación Monserrat Creamer y se comunicó a las 77 instituciones educativas afectadas a través del Memorando Nro. MINEDUC-MINEDUC-2020’00205-M del día 4 de mayo del 2020. Actualmente la Corte Constitucional lleva el caso N10-20-IA donde se sostiene que se ha vulnerado el derecho a la educación y la movilidad social de estudiantes y familias pertenecientes a las instituciones educativas afectadas.

Antecedentes

Previo a instaurarse el Programa del Diploma de la Organización de Bachillerato Internacional en instituciones educativas de sostenimiento público se aprueba la Constitución vigente en el 2008, donde se establece la gratuidad de la educación hasta el tercer nivel y obligatoriedad de la educación hasta el nivel de bachillerato; posteriormente en el 2011 se expide la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) y su reglamento en el 2012. La normativa de carácter progresivo y garantista, permite entonces poner el foco en la calidad educativa y desarrollar políticas y programas que atiendan las necesidades educativas del país.

Hasta el 2013 la oferta del Bachillerato Internacional en Ecuador se encontraba únicamente en instituciones educativas privadas, mayoritariamente el Programa del Diploma para los últimos años del bachillerato y pocas instituciones ofertan el Programa de Años Intermedios (PAI) y el Programa de Escuela Primaria (PEP). Después de un programa piloto en el sector fiscal, se dispuso ofertar gradualmente el Programa del Diploma en instituciones públicas alcanzando su implementación a 77 instituciones en el ciclo costa – galápagos y 120 instituciones en el ciclo sierra- amazonía (vigentes al año – lectivo 2019 – 2020).

El 6 de febrero del 2020 el Ministerio de Educación (Mineduc) emite el Acuerdo Ministerial N° MINEDUC-MINEDUC-2020-00005-A que contiene las directrices para implementar los programas del Bachillerato Internacional en las instituciones educativas fiscales, municipales y privadas en Ecuador. Al emitir regulaciones para las instituciones públicas se entiende que previo a la pandemia, no existe intención del Ministerio de Educación de suspender el Programa del Diploma, sino dar un marco normativo para fortalecer esta oferta.

Afrontando la crisis

Pensemos en el escenario actual de los sistemas educativos y en quienes deben tomar las decisiones. No hay recursos, en los próximos meses se reduce el presupuesto del Estado y por lo tanto lo que recibirá el Ministerio de Educación, ¿qué programas mantengo? ¿cuáles son los programas y departamentos que deben ser priorizados para garantizar la continuidad educativa en el sistema fiscal? ¿qué programas puedo suspender para poder utilizar esos recursos en áreas fundamentales? ¿a quién doy preferencia y por qué doy esa preferencia al momento de costear programas diferentes al bachillerato en ciencias ofertado por las instituciones públicas?

Desconozco si existen precedentes jurisprudenciales en Ecuador, normas o doctrina sobre el manejo y reorganización del presupuesto de una cartera de Estado, como lo es el Ministerio de Educación, durante un Estado de Excepción. Si bien existe la disposición expresa del art. 165 #2 de no desviar fondos públicos destinados a educación durante el Estado de Excepción; nada dice de límites o prohibiciones a quien dirige el sistema educativo sobre el destino de los recursos dentro de la gestión de la misma cartera; esto sería, si la Ministra puede o no reorganizar las partidas presupuestarias con las que cuenta en favor de garantizar el derecho a la educación.

En el caso que lleva la Corte Constitucional el Mineduc plantea que el costo – eficiencia del Programa del Bachillerato Internacional es tan bajo que no justifica la inversión, además el Estado ecuatoriano adeuda a la Organización del Bachillerato Internacional apróximadamente tres millones de dólares mientras que para la implementación óptima del Programa a nivel nacional se requieren más de siete millones de dólares. Por lo tanto, el argumento de tener bajos porcentajes de aprobación y certificación de estudiantes en instituciones educativas de sostenimiento público para la suspensión del programa del Diploma pierde fuerza si consideramos el acuerdo publicado cinco semanas antes de la suspensión de actividades en todo el sistema educativo a nivel nacional. Mientras que, si consideramos los costos de implementación ante una crisis económica donde el financiamiento educativo se ha reducido considerablemente, la decisión de suspender el Bachillerato Internacional es lógica.

Bachillerato Internacional vs. Conectividad vs. Salarios Docentes

El covid19 volcó a todos los sistemas educativos del mundo a una educación remota de emergencia a través de internet y dispositivos tecnológicos a un híbrido entre el homeschooling y la educación online. Poniendo en foco las políticas educativas en tecnología, la pandemia dejó ver la escasa infraestructura, la falta de acceso a dispositivos tanto en las familias como en las escuelas, la necesidad de formar a los docentes para utilizar dispositivos, plataformas y ejercer en contextos adversos y distintos al aula de clases.

Las políticas educativas referentes a tecnología educativa y conectividad en las escuelas, al igual que la implementación del BI, son posibles a partir de la LOEI en el 2011, ambas sin el éxito esperado. Hoy pensamos en cómo sería la realidad del sistema educativo ecuatoriano si, al igual que Uruguay con su Plan Ceibal, hubiéramos concentrado esfuerzos y presupuestos en equipar escuelas, docentes y estudiantes hasta llegar a un 100% o porcentaje cercano previo a la pandemia, previo a las crisis económicas que han afectado al país, o si no tuviéramos gobiernos corruptos que ni la educación han dejado fuera de sus intereses.

La prevención del COVID19 a través del distanciamiento social es incompatible con la realidad de la organización del aula. La infraestructura escolar está pensada para que en ella habiten miles de estudiantes en jornadas de ocho horas durante cinco días a la semana y, en consecuencia, se suspendió la asistencia a las escuelas en Ecuador y en todo el mundo. Esta salida que evita la proximidad y el confinamiento de estudiantes y docentes no es perfecta, trajo mayores interrogantes y desafíos a los sistemas educativos, el primero corresponde a la continuidad de los procesos de enseñanza – aprendizaje, lo que fue resuelto en parte al utilizar dispositivos y conectividad a internet desde los hogares.

En esa línea, el problema trajo otros problemas; el asunto es que en lugar del programa de conectividad en las escuelas que financian el Ministerio de Educación, Ministerio de Telecomunicaciones y la Cooperación internacional, la conectividad desde los hogares la pagan las familias y los docentes. El gobierno dispuso a CNT (empresa pública que provee el servicio de internet) no cobrar las tarifas durante la pandemia y garantizar la conectividad, sin embargo, la obligación del Mineduc de proveer de dispositivos a estudiantes y docentes, plataformas educativas para uso de docentes, estudiantes y familias continua; además de contar con infraestructura tecnológica para el personal del Ministerio y sus oficinas desconcentradas con el fin de garantizar la provisión del servicio educativo.

Aliviar el gasto a las familias para que los estudiantes puedan tener conección a internet, dispositivos sean celulares, tablets o computadoras, la construcción de redes que proveen el servicio de internet se han vuelto una necesidad básica que requiere un amplio presupuesto destinados al acceso al derecho a la educación.

Existe otro gasto urgente que el Ministerio de Educación no ha cumplido: el pago de los salarios docentes. Desde el inicio de la cuarentena en marzo de este año, el Ministerio de Educación no ha pagado los salarios docentes con puntualidad; los docentes han recibido sus remuneraciones pasada la primera quincena del mes, excepto el salario correspondiente al mes de junio que hasta la fecha de hoy (27 de julio) no ha sido depositado. Primero se debió a que el Ministerio de Finanzas utilizó partidas presupuestarias de educación para el pago de la deuda externa, luego bajaron los ingresos que el Estado percibe a través de la recaudación tributaria y que son destinados al financiamiento educativo. Los docentes son un eje fundamental del sistema educativo y no han parado de trabajar, adaptarse al cambio, repartir canastas de alimentos, entregar cuadernillos pedagógicos, enviar tareas por whatsapp, etc.; tampoco han dejado de ser padres, madres, sostenes de sus hogares, requerir medicinas o tener deudas impagas.

Las políticas de conectividad y las políticas referentes a la cuestión docente parecen incomparables con la provisión del programa del diploma del BI, excepto que las dos primeras son condiciones imprescindibles para garantizar el acceso a la educación, la continuidad pedagógica de millones de niños y adolescentes en el país y nos encontramos en un contexto de crisis donde los recursos destinados al financiamiento educativo son escasos. Entonces, si consideramos lo que equivalen los 10 millones de dólares necesarios para reactivar el programa del diploma, en conectividad y salarios podemos ponderar la decisión de la Ministra Cramer.

Un mes de salario de 12.239 docentes en categoría G (817 USD); 50 mil tablets (a un precio aprox de 200 usd en el mercado ecuatoriano) o 20 mil computadores de escritorio (precio aprox. 500 usd); la mensualidad de más de 350 mil planes de internet (el plan de conectividad más barato de CNT que otorga una velocidad de 20 mps es de 27.89 usd). Son 1.545 estudiantes afectados por la suspensión del programa del diploma, un millón de estudiantes que no tienen acceso a internet de los 3 millones de estudiantes que se encuentran matriculados en el sistema fiscal en niveles de educación general básica y bachillerato a nivel nacional.

Bachillerato Internacional vs. Otras Ofertas Educativas del Mineduc

Una sentencia que reconozca el Bachillerato Internacional como un derecho nos pondría la soga al cuello. Si solo se mira un lado de la moneda tenemos la perspectiva de 1500 estudiantes privados de un programa educativo, bajo esa premisa se pretende que se reconozca un derecho en la línea de la progresividad de derechos que garantiza la constitución vigente. Del otro lado de la moneda tenemos un millón de estudiantes sin conexión, cientos de miles de docentes impagos, millones de estudiantes que forman parte del sistema educativo y también tienen derecho a permanecer y egresar de la secundaria.

Suponiendo que la Corte Constitucional declara la inconstitucionalidad del acto administrativo que suspende la ejecución del PD y ordena “la restitución de derechos” a los estudiantes que “cursan” el BI y fueron asignados al Bachillerato en Ciencias, esto supondría que el Mineduc debería tomar 10 millones de USD de su presupuesto para cancelar la deuda y cubrir los costos con la OBI para el presente año escolar; es decir, que la sentencia avalaría a la Ministra de Educación a recortar otros programas, entidades administrativas y consecuentemente despidos de personal administrativo y docente para poder cubrir el PD.

Comparar entre ofertas, es decir entre los programas que ofrece el Mineduc para el bachillerato y garantizar la promoción y egreso del sistema educativo, no es justo porque no podemos decir que los estudiantes del bachillerato técnico profesional tienen menos derechos que los estudiantes del bachillerato internacional. Ninguno de los dos tiene más derechos que los estudiantes del bachillerato en ciencias o el programa acelerado. En este supuesto de comparar y seleccionar los recortes entonces pongamos sobre la mesa todos los programas que oferta el Mineduc que tienen diferentes objetivos y que en suma garantizan el desarrollo humano de esta nación, que generan oportunidades, que promueven el desarrollo de habilidades sociales, la vinculación con la comunidad, la preparación para el trabajo, la prevención de la violencia escolar y social, entre otros.

Si hablamos de derechos…

Quiero empezar con el artículo 11 de la Constitución ecuatoriana vigente especifica los principios rectores para los derechos y libertades reconocidas en ella, con eso queda claro que los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía (#6); que los contenidos de los derechos se desarrollan a través de la política pública de manera progresiva y es el Estado el obligado a generar y garantizar las condiciones necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio; mientras que las acciones u omisiones de carácter regresivo son inconstitucionales (#8).

Para el contexto actual de una crisis sanitaria, económica y educativa es una obviedad que el Estado no logra generar y garantizar las condiciones necesarias para la progresividad de derechos; a mi entender, la autoridad educativa nacional está obligada a que sus acciones u omisiones no sean regresivas en cuanto a hacer realidad lo dispuesto en el artículo 28 primer inciso: “Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente”. Esto abarcaría la decisión de pasar a los estudiantes de PD a BGU (en ciencias). Dicho de otra forma, estamos en emergencia y el Ministerio de educación le otorga educación gratuita y remota, le entrega lo que hay, lo que puede a TODOS. Cumpliendo en lo que le corresponde el artículo 348: “La distribución de los recursos destinados a la educación se regirá por criterios de equidad social, poblacional y territorial, entre otros.”

Si hablamos de derechos, el problema está en la educación pública gratuita que hoy el Estado no puede financiar de manera oportuna, regular y suficiente para 3 millones de estudiantes. Si hablamos de derechos, hay un actor principal en el proceso educativo y en este proceso constitucional que no ha sido escuchado: los estudiantes de bachillerato en el sistema fiscal. La Corte debería tener un canal para escuchar esas voces, una vez más es evidente la necesidad de un Defensor de la Niñez y Adolescencia.

Bajo otras circunstancias, si pretendemos que no existe una crisis educativa por la pandemia y que tenemos 10 millones en el presupuesto de educación para pagar lo adeudado a la OBI y el costo de certificación de las cohortes 2020 – 2021 de los regímenes costa – galápagos y sierra – amazonía, es decir, del total de instituciones educativas públicas que ofertan el BI. Si las condiciones fueran esas y el Mineduc decide no continuar con la oferta del BI, recomendaría que se garantice que los estudiantes de segundo y tercero de bachillerato culminen el bachillerato con esta oferta y no se les cambie el programa; que se destine un presupuesto a hacer seguimiento de todos los estudiantes que han sido beneficiarios del programa del diploma en instituciones públicas. Hoy el escenario no es ese.

Salir de la crisis requiere que la normativa ecuatoriana abra todas las puertas posibles para que llegue educación a cada rincón del país, a través de diversas fuentes de financiamiento no solo del Estado, no solo de los padres de familia, a través de aulas físicas, virtuales o lo que fuere. Empezando por garantizar el acceso a materiales y a un maestro, pagando los salarios docentes a tiempo, reconocer económicamente a los maestros que han puesto de su bolsillo materiales, alimentos, transporte, internet, dispositivos para sus estudiantes y para preparar clases. Entonces, la decisión de la Corte Constitucional sobre la suspensión del BI en instituciones públicas tendrá consecuencias en todo el sistema educativo.


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